Joaquín es profesional universitario. Trabaja en una empresa medianamente importante. Tiene dos hijos menores, que viven con la madre (su ex pareja) en un departamento alquilado. Cuando se separaron, hace varios años, fijaron una cuota alimentaria de $ 1.000.- Desde entonces recibió varios aumentos de sueldo. La pagó puntualmente mientras mantuvo contacto con sus hijos.
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Un día, su ex mujer lo denunció por violencia familiar, sin imaginar que descubriría algo gravísimo: que el padre de los chicos abusaba sexualmente de ellos cuando los fines de semana los llevaba a su casa.
Los avatares de ese juicio podrían ser motivo de otra nota, pero lo cierto es que a partir de un determinado momento dejó de ver a sus hijos por la razón aludida.
A partir de ese momento, disminuyó su aporte alimentario a $ 600.-
Cuando ya la causa pasó a penal y las posibilidades de revincularse con los hijos se iban alejando, volvió a bajar la cuota alimentaria a $ 300.-
Es decir que sin que sus ingresos hubieran disminuído, sino porque la justicia no le permitía ver a sus hijos y a la vez éstos manifestaban claramente en sus respectivas terapias que no querían ver al padre, la cuota original fue bajada un 70 %.
La causa penal terminó, el juicio de violencia terminó y se vio obligado a iniciar otro por fijación de régimen de visitas.
Paralelamente, inició otro juicio para ahora ya sí formalmente, disminuír aún más la magra cuota de $ 300.- Es decir, no sólo que no intentaba persuadir al Juez de por qué había bajado la cuota pactada de $ 1.000.- a $ 300.- sino que estaba pidiendo que se le fije por sentencia una cuota menos a 300.
¡ Menos de $ 300.- mensuales para dos hijos!
¿ No resulta llamativo que la reducción económica se produzca justamente cuando él ya no puede continuar abusando de sus hijos?
Demás está decir que desde que se fijó la primer cuota de $ 1.000.- a la fecha, el alquiler del inmueble donde habitan sus hijos subió en forma descomunal, la comida cuesta mucho más, los chicos crecieron y generan mayores gastos, pero esto parece no tenerlo en cuenta.
Joaquín ve venir que perderá el juicio de régimen de visitas que viene tramitando para volver a ver sus hijos (las pericias no lo benefician y los informes de las terapeutas de los niños tampoco) , entonces cambia de abogado y diseña otra estrategia: pide una audiencia al Juzgado diciendo que quiere llegar a un acuerdo...pero en ambos temas.
Es decir, supedita uno al otro. Son dos expedientes separados: régimen de visitas por un lado (aún no fijado) y alimentos por el otro (perdido por él, pero aún no cobrado por mi clienta). Se le aproxima un embargo sobre su sueldo. Falta menos para una posible sentencia desfavorable respecto al contacto con los chicos.
Es muy claro que este hombre (disculpen: no puedo llamarlo señor) pagó una cuota alimentaria acorde a sus ingresos y las necesidades de sus hijos mientras pudo abusarlos.
Cuando el contacto y su posibilidad de continuar abusando cesaron, bajó abruptamente su aporte alimentario en un 70 % y hasta tuvo el coraje de iniciar un juicio de reducción de esos 300 pesos, que obviamente lo perdió en primera y segunda instancia.
¿ Cuál es su estrategia según mi lectura? (subjetiva, por cierto):
- "Vos me dejás ver a los chicos (es decir, consentís que pueda seguir abusándolos, los exponés, me permitís satisfacer mi perversión con ellos) y yo te subo la cuota alimentaria que sé que necesitás desesperadamente."
Obviamente el planteo hecho en el expediente no fue expresado en esos términos. Eso es lo que yo personalmente considero que es lo que subyace en base a mi experiencia profesional como abogada y mi formación como psicóloga social y otras escuelas psicológicas.
El Juzgado, con muy buen criterio, no hizo lugar al pedido de audiencia.
De haberla fijado, hubiera concurrido con mi clienta porque es de asistencia obligatoria y porque no tiene ella nada que ocultar y aunque él hubiera ofrecido $ 2.000.- de alimentos no los hubiera aceptado si la condición era volver a "entregarle a los chicos".
La madre de esos niños tiene dignidad y su abogada tiene ética.
No hay canje posible, no hay acuerdo posible. Y lo sostengo aún siendo Mediadora. Hay cuestiones que no son mediables: son necesariamente litigiosas y punibles.
La ley penal no sancionó a este hombre, pero a nivel civil no cesaremos en los esfuerzos de obtener una sentencia justa, probando que lo que mi clienta viene sosteniendo es cierto (lamentablemente cierto) y que ese padre no debe tener contacto alguno con sus hijos (que afortunadamente están muy bien gracias a la contención familiar que tienen y las excelentes terapeutas que los atienden en instituciones públicas y gratuitas, especializadas en esta temática).
Mirta Núñez
Abogada de Familia, Psicóloga Social, Mediadora
http://www.estudio-juridico-abogados.derecho-de-familia.com.ar/
Directora del boletín "FAMILIA Y PLANIFICACION PERSONAL"
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