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 | Marcas Genéricas en Internet |
jisern escribió "En un mundo tan globalizado como el actual, todas las empresas otorgan un valor esencial a cualquier signo que sirva para identificarlas ante los consumidores y distinguirlas de otras empresas que ofrezcan idénticos o similares productos y/o servicios.
Existen varios registros que sirven para proteger e identificar a las empresas en el tráfico mercantil: denominación social, marcas, nombres comerciales, nombres de dominio. En la actualidad y como consecuencia de la evolución de los sistemas de la información, dichos registros se han convertido en complementarios para la mayoría de las empresas, pero no tiene porque ser siempre así.
Nos referimos a la practica y/o tendencia común observada en los últimos años por los titulares de nombres de dominio. Los nombres de dominio al tratarse de direcciones de Internet suelen ser términos o denominaciones sencillas y fáciles de recordar para el consumidor. Cualquier signo alfabético, numérico o alfanumérico es susceptible de ser registrado como nombre de dominio.
A sensu contrario, las marcas y nombres comerciales deben cumplir una serie de presupuestos para poder acceder al Registro que no son exigibles a los nombres de dominio: tener distintividad, no ser descriptivos, no ser contrarios a la Ley, al orden público o a las buenas costumbres, etc.... El procedimiento de concesión es mucho más complejo y dilatado en el tiempo.
Por esta razón, muchas veces no es posible proceder a la protección como marca de un nombre de dominio registrado, debido a que en la mayoría de los casos los nombres de dominio se materializan como denominaciones genéricas y descriptivas, y como tal no susceptibles de constituirse en marcas.
El hecho de solicitar la protección de un nombre de dominio a nivel marcario tiene sentido cuando el titular del nombre de dominio identifica unos productos y /o servicios en el mercado y cuando dicho término o denominación es suficientemente distintivo para identificar los productos y/o servicios que ofrece.
En la actualidad, muchos titulares de nombres de dominio sienten la necesidad de registrar su nombre de dominio o sitio web como marca para reforzar su protección.
Ante esta situación, es necesario conocer que no siempre es posible proteger un nombre de dominio como marca, y que la existencia de un derecho adicional como el de marca es significativo sobretodo en aquellos casos en los que el titular de un nombre de dominio sea requerido por “ falta de uso legítimo” y/o “ mala fe”. En estos casos, tener una marca registrada será un elemento importante, pero nunca definitivo de la protección de un nombre de dominio.
Itziar Nuñez J. Isern Patentes y Marcas www.Jisern.com"
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