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 Internautas: Un mundo sin musica: un invierno eterno

Temas Legalesjisern escribió "Una nueva generación de aficionados a la música se está acostumbrando a no comprar CD’s por el simple hecho de que pueden bajar sus canciones favoritas gratuitamente del ciberespacio. Las grandes discográficas se quejan de que cada año pierden millones de dólares a causa del intercambio ilegal de música a través de la red.

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Si las discográficas quieren sobrevivir en la nueva era digital, tendrán que trabajar juntos con los sistemas legislativos y jurídicos de los países del mundo para crear barreras a la bajada ilegal de música de Internet. Asimismo, tendrán que luchar para que se aumenten las sanciones existentes y hacer menos atractivo conseguir atravesar dichas barreras.

Una fuente importante de la presencia de música ilegal en la red se debe a la actitud relajada de las discográficas en cuanto a la protección de su propia música. Tradicionalmente, las grandes discográficas prestaban copias de canciones nuevas a deejays que las emitían por la radio para crear entusiasmo por un álbum antes de lanzarlo al público. Desgraciadamente, estas copias se subían a Internet donde, en pocas horas, acababan en las casas de millones de usuarios por todo el mundo gratuitamente.

Si las discográficas quieren mantener su posición de dominio en el mundo de la música, tendrán que controlar esta piratería desenfrenada asociada con la transmisión digital de música a través de la red.

Destaco que este proyecto ambicioso debe ser formado por tres bloques importantes:

  1. Reprimir la piratería ilegal a través de barreras jurídicas y tecnológicas;
  2. Sancionar a los que atraviesan dichas barreras; y
  3. Redefinir su estructura promocional y de ventas para integrarse plenamente en la red, atrayendo así a la audiencia que ha dejado de ver los CD’s como un método práctico de escuchar música.

Si las discográficas van a lograr frenar la piratería en Internet, necesitarán el apoyo de los tribunales. Hasta ahora, los tribunales en Estados Unidos han sido los que se han enfrentado más al tema de “peer-to-peer sharing” (P2P) en Internet, lo cual se refiere a páginas Web donde usuarios pueden compartir carpetas de música y bajar ejemplares gratuitamente. Pero, los tribunales se han negado a dictar una sentencia firme, dejando a los creadores de páginas Web como Grouper y Grokster seguir ofreciendo servicios de “P2P sharing” bajo la defensa de que no saben lo que se intercambia en sus páginas Web.

Cuando las carpetas se pueden compartir dentro de una página Web P2P, las canciones se pueden reproducir millones de veces además de ser distribuidas a otros usuarios, comunicadas públicamente a través de tecnología “stream” y utilizadas para crear obras derivadas sin el mínimo consentimiento del autor original de la obra musical.

Como indica el Vice-Presidente de la Asociación Americana de Músicos:

“Existe una mentalidad en la red que contribuye a los usuarios pensar que pueden bajar todo gratis. Pero es difícil defender contra el hecho que cuando copias un CD, y lo subes a la red - es robo. No hay ninguna diferencia entre esto, y el hecho de entrar en una tienda, y salir con un CD sin pagar.”

Sin tener conocimientos de actividad ilegal en una página Web, un demandado no puede ser culpable simplemente por proveer la tecnología que permite a millones de usuarios copiar y compartir música gratuitamente. Un demandante debe probar que el demandado sabía perfectamente qué actividad ilegal ocurría en su página Web. En el caso Arista Records, la Recording Industry Association of America (RIAA) había enviado una carta con fecha del 25 de mayo de 2000, que no sólo identificaba canciones concretas, sino que también contenía documentos adjuntos que mostraban 662 links que el demandante argumentaba que infringía los derechos de autor de los artistas en la asociación. Este caso ilustra lo difícil que es probar que las personas dirigentes de páginas Web donde “P2P sharing” es abundante, saben perfectamente que los recursos que ponen a disposición alimentan el intercambio de copias ilegales de música.

Debido a casos como este, no se ha establecido pautas concretas definiendo cómo probar si un demandado tiene el requisito “reasonable knowledge” [mens rea], sigue que tampoco hay modelos para averiguar cuando un creador de una página Web “P2P” tiene conocimientos de actividad ilegal. A raíz de esta laguna jurídica, han surgido muchas páginas Web “P2P” de segunda generación donde carpetas compartidas se utilizan para pasar millones de canciones ilícitamente.

La nueva generación de páginas P2P, como, por ejemplo, Grokster, Grouper y Mercora, ahora se muestran como ejemplos legales de carpetas compartidas en Internet. No obstante, aunque estas páginas Web limitan el acceso a las carpetas compartidas, el intercambio de música ilegal sigue ocurriendo. Estas páginas Web siguen habilitando para los consumidores una fuente para empaquetar y distribuir sus carpetas de música a través de la Red.

El argumento central de los que dirigen estas páginas Web es que limitan los usuarios a un grupo de 30 personas, quienes tienen acceso a una carpeta concreta. De este modo, argumentan que no es una distribución pública y cae dentro del uso privado permitido por ley.

En España, por fin, la lucha antipiratería tendrá algo de sustancia. El Plan Integral Para la Disminución y la Eliminación de las Actividades Vulneradoras de la Propiedad Intelectual, más conocido como Plan Antipiratería, consta de cinco medidas, y hay 11 ministerios implicados en el mismo. Además de la lucha policial, con la creación de un cuerpo especial de persecución para los delitos de piratería en la Red, incluye medidas de prevención, diagnóstico del fenómeno, coordinación y campañas de concienciación que cuentan con el apoyo de los autores y la industria.

Lo positivo de este plan, que lo diferencia de cualquier método estadounidense intentado hasta ahora, es su elemento educativo. El hecho de que se vaya a iniciar una campaña publicitaria para educar a los españoles sobre los derechos de autor, sobre cómo se infringen y las sanciones que se impondrán por infringir dichos derechos, es un elemento básico para luchar contra la raíz del problema de piratería: la ignorancia.

Está claro que los “fans” de música no van a dejar de bajar música de la Red y se tendrán que crear métodos para que puedan hacerlo lícitamente. Las discográficas deberían entrar en pactos comerciales con los creadores de páginas Web P2P exigiendo que estos últimos controlen las carpetas compartidas en sus páginas Web. Al mismo tiempo, las discográficas deberían crear un sistema de “royalties” con los creadores para que ambos se queden con una cantidad fija después de cobrar a los usuarios por utilizar carpetas compartidas. Finalmente, todo esto se debería realizar a cambio de que las discográficas prometan no demandar a los creadores de páginas Web P2P por infringir las leyes de propiedad intelectual.

Durante la última década, en nuestra sociedad se ha creado un sentimiento erróneo de que tenemos el derecho de bajar canciones de Internet gratis y sin autorización. A causa de esta sensación de libertad por parte de los usuarios de Internet, no sólo han sufrido las discográficas por pérdida de ventas, sino que han sufrido autores de obras musicales que no reciben beneficios económicos por sus creaciones. Esto es a la vez triste y alarmante, porque igual un día se dejará de crear, y sin la creación no habrá música y sin música la vida será un invierno eterno.

Por: Ryan Blaney Segarra
J. Isern Patentes y Marcas

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